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Destacamos |
En la edición número 175 del Galens, correspondiente al tercer trimestre, se anunciaba la celebración de la Diada Colegial el próximo dÃa 1 de octubre de 2010, con motivo de la festividad de San Cosme y San Damián.
La Junta de Gobierno del pasado 25 de agosto acordó por unanimidad, suspender provisionalmente la celebración de la Diada y establecer una nueva fecha para más adelante, atendiendo a las circunstancias de un calendario muy apretado. |
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Médicos jubilados del Instituto Catalán de la Salud |
Se recuerda a los médicos jubilados del Instituto Catalán de la Salud, que en el momento de su jubilación deben entregar los talonarios de recetas de la S.S., tanto ordinarios como de pensionistas (verdes y rojos) en su lugar de trabajo o en el colegio de médicos.
Asà mismo se les informa, que acogiéndose al convenio subscrito por el Departamento de Sanidad y Seguridad Social con los colegios de médicos de Cataluña, a través del Consell, los médicos pensionistas del ICS, tienen derecho a utilizar los talonarios de recetas de la SS, para si mismos, su cónyuge, hijos y padres, siempre que estos estén de alta en la S.S. Estos talonarios deben ser solicitados y recogidos en el colegio de médicos.
Para mas información y/o solicitudes dirigirse al Colegio de Médicos, Sra. Rosa Espasa. |
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La Región Sanitaria advierte que, con la implantación de la receta electrónica se están detectando situaciones de caducidad de los planes de medicación, que en algunos casos no se renuevan adecuadamente por parte de los usuarios, es decir, mediante una visita medica donde se revise la necesidad de continuar con un determinado tratamiento.
La iniciativa popular de ir a buscar medicamentos antes de disponer de la receta o plan de medicación que acredite la continuidad del tratamiento, ha de ser totalmente desincentivada, tanto por las oficinas de farmacia como por los médicos prescriptores.
El incumplimiento de esta premisa no solo vulnera la legalidad vigente, sino también los criterios de seguridad, eficacia y eficiencia en el uso de los medicamentos. |
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INFORMACIÓN IMPORTANTE: SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL |
Una vez efectuados los análisis correspondientes, la cuota anual para la cobertura de la RC Profesional para colegiado asegurado es la siguiente:
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Cuota anual |
trimestral |
Colegiado no MIR
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552,72 € |
138,18 € |
| Médico jubilado |
55,27 € |
13,82 € |
| MIR R2-R4 y MFC |
439,52 € |
109,88 € |
| MIR R1* |
0,00 € |
0,00 € |
* (para el 3 º y 4 º trimestre de 2010, se incorpora a partir del 1 de enero de 2011 al siguiente nivel R2) |
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